Texto completo de cada una de las Constituciones promulgadas en el período señalado.

viernes, 27 de junio de 2008

Constitución del Estado de Venezuela de 1830

Título 14. De las atribuciones del Congreso

Artículo 87.- Son atribuciones del Congreso:

1. Dictar las leyes y decretos necesarios en los diferentes ramos de la Administración Pública; interpretar, reformar, derogar las establecidas, y formar los códigos nacionales;

2. Establecer impuestos, derechos y contribuciones, velar sobre su inversión, y tomar cuenta de ella al Poder Ejecutivo y demás empleados de la República;

3. Determinar y uniformar la ley, valor, tipo y denominación de la moneda;

4. Fijar y uniformar los pesos y medidas;

5. Crear los tribunales y juzgados que sean necesarios;

6. Decretar la creación y supresión de los empleos públicos, señalarles sueldos, disminuirlos o aumentarlos;

7. Decretar cada año la fuerza de mar y tierra, determinando la que deba haber en tiempo de paz; y arreglar por leyes particulares el modo de levantar y reclutar la fuerza del ejército permanente, y la de la Milicia Nacional, y su organización;

8. Decretar el servicio de la Milicia Nacional cuando lo juzgue necesario;

9. Decretar la guerra en vista de los fundamentos que le presente el Presidente de la República, y requerirle que negocie la paz;

10. Decretar la enajenación, adquisición o cambio de territorio;

11. Prestar o no su consentimiento y aprobación a los tratados de paz, tregua, amistad, alianza ofensiva, y los de comercio concluidos por el Jefe de la República;

12. Decretar los gastos públicos en vista de los presupuestos que le presente el Ejecutivo por las respectivas Secretarias, y una suma extraordinaria para los gastos imprevistos;

13. Decretar lo conveniente para la administración, conservación y enajenación de los bienes nacionales;

14. Contraer deudas sobre el crédito del Estado;

15. Establecer un Banco Nacional;

16. Celebrar contratos con ciudadanos, o compañías de nacionales o extranjeros para la navegación de ríos, apertura de caminos y otros objetos de utilidad general;

17. Promover por leyes la educación pública en universidades y colegios; el progreso de las ciencias y artes, y los establecimientos de utilidad general; conceder por tiempo limitado privilegios exclusivos para su estímulo y fomento;

18. Conceder premios y recompensas personales a los que hayan hecho grandes servicios a Venezuela;

19. Establecer las reglas de naturalización;

20. Decretar honores públicos a la memoria de los grandes hombres;

21. Conceder amnistías e indultos generales cuando exija algún grave motivo de conveniencia pública;

22. Elegir el lugar en que deba residir el Gobierno, y variarlo cuando lo estime conveniente;

23. Crear nuevas Provincias y Cantones, suprimirlos, formar otros de los establecidos y fijar sus límites según crea más conveniente para la mejor administración, previo el informe del Poder Ejecutivo y de la Diputación de la Provincia que corresponda el territorio que trata;

24. Permitir o no el tránsito de tropas extranjeras por el territorio del Estado;

25. Admitir o no, extranjeros al servicio de las armas de la República;

26. Permitir o no, la estación de escuadra de otra nación en los puertos de Venezuela por más de un mes;

27. Hacer el escrutinio y perfeccionar la elección de Presidente y Vicepresidente de la República, y admitir o no, sus renuncias.

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Listado de Constituciones


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