Palacio de Gobierno de Colombia en el Rosario de Cúcuta, a 6 de octubre de 1821.
Cúmplase, publíquese y circúlese.
Dado, firmado de mi mano, sellado con el sello provisional de
SIMON BOLIVAR
El Ministro de Marina y Guerra, Pedro Briceño Méndez
El Ministro de Hacienda y relaciones exteriores, Pedro Gual
El Ministro del Interior y de Justicia, Diego B. Urbaneja
EL CONGRESO GENERAL A LOS HABITANTES DE COLOMBIA
Colombianos. El más ardiente deseo de todos y cada uno de vuestros representantes ha sido cumplir fielmente con los altos deberes que les habeís encargado, y creer haber llenado tan sagradas funciones al presentaros
El Poder Legislativo, dividido en dos Cámaras, os da una intervención plena en la formación de vuestras leyes y el mejor derecho a esperar que sean siempre justas y equitativas; no seréis ligados sino por aquella a que hayáis consentido por medio de vuestros representantes, ni estaréis sujetos a otras contribuciones …ninguna carga se echara sobre alguno que no sea común a todos, y éstas no serán para satisfacer pasiones de particulares, sino para suplir necesidades de
El Poder Ejecutivo en una sola persona, a quien toca velar por la tranquilidad interior y la seguridad exterior de
El Poder Judicial donde los asaltos de la intriga pierden toda su fuerza y el rico todo su ascendiente; a donde nadie puede llegar con rostro sereno si no va revestido con los simples adornos de la justicia, está destinado a dirimir imparcialmente vuestras contiendas, reprimir al malvado y favorecer la inocencia; en tan respetuoso lugar rinden todos homenaje a la ley; y allí veréis las pasiones desarmadas, cortadas las tramas del artificio y descubierta la verdad.
Tal ha sido el plano sobre que se ha levantado a
El Congreso general en sus deliberaciones no ha tenido otras miras que el bién común y el engrandecimiento de la nación. Los agentes principales del Gobierno dependen de vuestra elección: Considerad, meditad bien que del acierto en ellas pende vuestra dicha; que la intriga o la facción jamás dirijan vuestro juicio; mientra las luces, la virtud y el valor, prudentemente escogidos y elevados por nosotros, sean las firmes columnas que perpetúen la duración del edificio.
Villa del Rosario de Cúcuta, treinta de agosto de mil ochocientos veintiuno, undécimo de
El presidente del Congreso, Doctor Miguel Peña. El vicepresidente del Congreso, +Rafael, Obispo de Mérida, de Maracaibo. El diputado secretario, Francisco Soto. El diputado secretario, Miguel Santamaría. El diputado secretario, Antonio José Caro.
Bibliografia original:
Constitución de
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