Título 4. De los deberes de los venezolanos
Artículo 12.- Son deberes de cada venezolano: vivir sometido a la constitución y a las leyes, respetar a las autoridades que son sus órganos: contribuir a los gastos públicos; y estar pronto en todo tiempo a servir y defender a la patria, haciéndole el sacrificio de sus bienes y de su vida si fuere necesario.
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